1. **Publicación y Contexto Legal**
– Fecha de publicación: 5 de diciembre.
– Documento: Real Decreto 1007/2023.
– Ley relacionada: Ley 18/2022 de creación y crecimiento de empresas.
– Objetivo: Regular la obligatoriedad de la facturación electrónica para empresas.
2. **Funcionamiento del Sistema de Factura Electrónica**
– Composición: Plataformas privadas y solución pública gestionada por la AEAT.
– Obligación: Remitir copia en sintaxis VERI*FACTU a la solución pública.
– Requisitos: Cumplimiento de requisitos técnicos establecidos.
3. **Obligados a Emitir Factura Electrónica**
– Sujetos obligados: Empresarios y profesionales en operaciones comerciales.
– Excepciones:
– Operaciones con partes sin sede en España.
– Facturas simplificadas no cualificadas.
– Facturas emitidas voluntariamente sin obligación.
– Excepciones adicionales por orden ministerial.
4. **Plazos de Implementación**
– Entrada en vigor: 12 meses desde la publicación en el BOE.
– Fases:
– Empresas con facturación > 8 millones de euros: 1 año.
– Resto de empresas: 2 años.
– Requisito transitorio: Acompañar facturas electrónicas con PDF durante el primer año.
5. **Facilitación del Proceso**
– Disponibilidad de software gratuito para clientes.
– Objetivo: Facilitar la transición a la factura electrónica.
– Beneficio: Herramienta accesible para cumplir con las nuevas regulaciones.